CÁMARA DE DIPUTADAS Y DIPUTADOS DESPACHA A LEY NUEVO RÉGIMEN TRIBUTARIO PARA FERIAS LIBRES

 



La Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y despachó a ley el proyecto que modifica el Decreto Ley N° 825 sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, estableciendo un nuevo régimen tributario sustitutivo del IVA para comerciantes de ferias libres. La iniciativa fue respaldada en su tercer trámite legislativo, incorporando las modificaciones realizadas por el Senado, con el objetivo de formalizar a miles de trabajadores de este sector.

Durante la discusión, el ministro de Hacienda, Mario Marcel, destacó que el proyecto busca "formalizar a cientos de miles de trabajadores de ferias libres que actualmente están al margen de la legislación tributaria, mediante un sistema adaptado a las características particulares de su actividad".

El nuevo régimen establece un impuesto sustitutivo del 1,5% en reemplazo del 19% de IVA, aplicable a las transacciones realizadas a través de medios de pago electrónicos autorizados y fiscalizados por el Servicio de Impuestos Internos (SII). Este impuesto, sumado a la comisión del operador del medio de pago, no podrá exceder el 3,5%. Los operadores de pago serán responsables de entregar al Fisco el impuesto recaudado, liberando así a los feriantes de llevar contabilidad formal.

Además de proporcionar certeza jurídica y mayor seguridad a comerciantes y consumidores —al incentivar el uso de pagos electrónicos y reducir el uso de efectivo— el proyecto incluye disposiciones para que los contribuyentes acogidos al régimen puedan desarrollar actividades complementarias no gravadas con IVA, según definiciones del SII. También contarán con acceso preferente a orientación y apoyo de la Defensoría del Contribuyente (Dedecon).

El ministro Marcel aclaró que la formalización no afectará el acceso de los feriantes a beneficios sociales, ya que su situación socioeconómica real continuará siendo el criterio principal para la asignación de dichos beneficios.

Por resolución del SII, quedarán excluidos del régimen quienes no usen sistemas de pago autorizados, aunque podrán incorporarse cuando cumplan con los requisitos legales.

Para acogerse al nuevo régimen, los comerciantes deberán cumplir con varios requisitos: ser personas naturales dedicadas a la venta de bienes en ferias libres, contar con patente municipal, haber realizado el inicio de actividades ante el SII y usar medios de pago electrónicos que aseguren la trazabilidad de las transacciones.

La ley entrará en vigencia tres meses después de su publicación. Los comerciantes ya activos en ferias libres tendrán hasta el 31 de diciembre de 2025 para inscribirse en el régimen sin que se les exija inicio de actividades para renovar sus permisos o acceder a medios de pago electrónicos.

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