La Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y
despachó a ley el proyecto que modifica el Decreto Ley N° 825 sobre Impuesto a
las Ventas y Servicios, estableciendo un nuevo régimen tributario sustitutivo
del IVA para comerciantes de ferias libres. La iniciativa fue respaldada en su
tercer trámite legislativo, incorporando las modificaciones realizadas por el
Senado, con el objetivo de formalizar a miles de trabajadores de este sector.
Durante la discusión, el ministro de Hacienda, Mario Marcel,
destacó que el proyecto busca "formalizar a cientos de miles de
trabajadores de ferias libres que actualmente están al margen de la legislación
tributaria, mediante un sistema adaptado a las características particulares de
su actividad".
El nuevo régimen establece un impuesto sustitutivo del 1,5%
en reemplazo del 19% de IVA, aplicable a las transacciones realizadas a través
de medios de pago electrónicos autorizados y fiscalizados por el Servicio de
Impuestos Internos (SII). Este impuesto, sumado a la comisión del operador del
medio de pago, no podrá exceder el 3,5%. Los operadores de pago serán
responsables de entregar al Fisco el impuesto recaudado, liberando así a los
feriantes de llevar contabilidad formal.
Además de proporcionar certeza jurídica y mayor seguridad a
comerciantes y consumidores —al incentivar el uso de pagos electrónicos y
reducir el uso de efectivo— el proyecto incluye disposiciones para que los
contribuyentes acogidos al régimen puedan desarrollar actividades
complementarias no gravadas con IVA, según definiciones del SII. También
contarán con acceso preferente a orientación y apoyo de la Defensoría del
Contribuyente (Dedecon).
El ministro Marcel aclaró que la formalización no afectará
el acceso de los feriantes a beneficios sociales, ya que su situación
socioeconómica real continuará siendo el criterio principal para la asignación
de dichos beneficios.
Por resolución del SII, quedarán excluidos del régimen
quienes no usen sistemas de pago autorizados, aunque podrán incorporarse cuando
cumplan con los requisitos legales.
Para acogerse al nuevo régimen, los comerciantes deberán
cumplir con varios requisitos: ser personas naturales dedicadas a la venta de
bienes en ferias libres, contar con patente municipal, haber realizado el
inicio de actividades ante el SII y usar medios de pago electrónicos que
aseguren la trazabilidad de las transacciones.
La ley entrará en vigencia tres meses después de su
publicación. Los comerciantes ya activos en ferias libres tendrán hasta el 31
de diciembre de 2025 para inscribirse en el régimen sin que se les exija inicio
de actividades para renovar sus permisos o acceder a medios de pago
electrónicos.
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