PROBLEMAS EN EL IDIOMA DEL ROTULADO Y FALTA DE INFORMACIÓN FUERON LOS PRINCIPALES HALLAZGOS DETECTADOS EN LA VENTA DE DRONES
Considerando que los drones son unos de
los productos altamente demandados para Navidad, y con el objetivo de verificar
que los locales que los comercializan cumplan estrictamente con la Ley del
Consumidor, el SERNAC realizó un proceso de fiscalización en las principales
capitales regionales del país.
La fiscalización incluyó tiendas especializadas en la venta de este tipo de productos presentes en Tarapacá, Antofagasta, Valparaíso, Biobío, Araucanía, Los Lagos y Región Metropolitana.
La labor fiscalizadora se enfocó principalmente en revisar una serie de derechos de los consumidores, tales como, información básica comercial y precios, libre elección, rotulado, garantía, seguridad en el consumo, entre otros.
La Directora Nacional (s) del SERNAC, Carolina González, explicó que este tipo de acciones del Servicio son muy importantes porque permiten detectar incumplimientos a la Ley de Consumidor en la venta de uno de los productos más demandados durante Navidad, como son los drones.
“En este proceso detectamos una serie de incumplimientos por parte de los locales que venden este tipo de productos, por lo que hemos procedido a oficiarlos para que ajusten sus conductas comerciales a la brevedad posible a las exigencias que establece la Ley, lo cual va en directo beneficio de las y los consumidores del país”, indicó González.
Hallazgos
Si bien el SERNAC continúa analizando los
hallazgos detectados durante esta fiscalización, a modo preliminar, se pueden
mencionar una serie de incumplimientos detectados en los locales comerciales
que venden drones.
Por ejemplo, un 85% de los locales fiscalizados no exhiben información relativa a cómo ejercer el derecho a garantía legal, mientras que un 43% no informa correctamente sus precios.
Por otro lado, un 57% del comercio comercializa drones con rotulado en un idioma distinto al castellano, principalmente en chino o en inglés, mientras que un 86% de los locales no exhibe información del jefe de local.
Ante este escenario, el SERNAC está oficiando a los locales para que se ajusten a la Ley, considerando que se trata de productos altamente demandados para Navidad.
Adicionalmente, una vez que culmine el proceso de análisis jurídico, y en caso de estimar pertinente, el Servicio podría adoptar otras acciones de protección, como, por ejemplo, denunciar ante la justicia a los locales que tengan los hallazgos más graves, en cuya instancia arriesgan multas de hasta 300 UTM, esto es, casi 21 millones de pesos.
Derechos compra de drones
La Ley 16.752 dicta las normas para la
operación de este tipo de aeronaves.
Conforme a esta norma, es posible volar un drone en forma recreacional o
privada, cumpliendo algunos requisitos.
Por ejemplo, cuando se trate de drones pequeños de hasta 750 gramos de peso, fabricados con polietileno expandido o material equivalente, con la autorización del propietario y sólo en lugares privados, siempre y cuando no operen a más de 50 metros de altura sobre el obstáculo o edificación de mayor altura de la zona.
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Lea detenidamente las instrucciones del fabricante. Así
conocerá bien el producto, sus indicaciones de uso y precauciones.
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Revise el estado y funcionamiento del dron antes de
operarlo.
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Mantener siempre el dron a la vista con el fin de evitar
daños a personas o materiales. Por eso no se recomienda volar durante la noche,
ni en condiciones meteorológicas adversas, en las que se puede reducir la
visibilidad o alterar el vuelo del aparato (por ejemplo, vientos fuertes).
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Permanecer alejado de otros drones, un choque entre los
aparatos puede provocar que sus partes se desplacen pudiendo provocar daños
físicos o materiales.
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No sobrevolar infraestructuras sensibles, como las
instalaciones de tratamiento de aguas, plantas de energía, carreteras con alto
tráfico, cables de tendido eléctrico e instalaciones gubernamentales.

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