Siguiendo
su avance, la Reforma de Pensiones, inicia ahora la recaudación adicional del
1%, de este modo y a partir de agosto, todos los empleadores deberán contemplar
esa recaudación adicional en las remuneraciones imponibles de sus equipos de
trabajo, cuyo pago se puede realizar hasta el 13 de septiembre, utilizando la
plataforma electrónica Previred.
De esta
forma lo hicieron notar, la Seremi del Trabajo y Previsión Social, Maribel
Torrealba Retamal junto con el Director Regional (s) del IPS Maule, Luis
Martínez Villa, quienes recordaron que en el marco de la implementación de la
Ley 21.735, sobre Reforma de Pensiones, se considera un incremento gradual de
cotizaciones entre los años 2025 y 2033.
“Es muy
importante resaltar que este aumento en la cotización previsional no afecta las
remuneraciones de los y las trabajadoras y que de este primer porcentaje que se
incrementa, un 0,1% se incorporará directamente a las cuentas individuales de
AFP, para aumentar su ahorro previsional.
El 0,9% restante, se integrará al nuevo Seguro Social, el que permitirá
financiar la Compensación por Expectativa de Vida para las mujeres. Esto
ayudará a corregir la brecha previsional derivada de su mayor longevidad, lo que
en la práctica, se traducirá en pensiones más equitativas” explicó la Seremi.
¿Dónde y cómo declarar esta nueva cotización del 1
%?
Por su parte, el Director Regional (s) del IPS Maule, subrayó que “la
declaración y pago de cotizaciones de este aporte del empleador se realizará a
través de Previred, en los mismos plazos y mecanismos que se utilizan para las
cotizaciones actuales de cargo del trabajador. Es decir, hasta el día 10 del
mes siguiente del pago de remuneraciones si se realiza de manera manual o hasta
el 13, si el pago es electrónico”.
Agregó que, dependiendo de la forma en que se pagan las cotizaciones en
Previred, se debe considerar lo siguiente:
Para los empleadores que
realizan directamente la declaración y pago de cotizaciones en el sitio de
Previred, la información del nuevo Seguro Social estará
disponible automáticamente para las remuneraciones de agosto, desde el momento
en que esté habilitada la plataforma para pagar las cotizaciones
correspondientes a ese mes.
En tanto, los empleadores que
utilizan software de remuneraciones o cargan nóminas de trabajadores en el
sitio de Previred: deberán incorporar nuevos campos en sus
archivos de carga electrónica, según la información disponible en
www.previred.com.
Más información
El Instituto de Previsión Social ha habilitado los diversos canales de su
red ChileAtiende para orientar en caso de dudas.
Para más información, las personas pueden ingresar a www.ips.gob.cl,
www.chileatiende.cl y www.lareformadepensiones.cl.
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