OPERACIÓN RENTA 2025: DEFENSORÍA DEL CONTRIBUYENTE EXPLICA QUÉ HACER ANTE UNA EVENTUAL RETENCIÓN DE LA DEVOLUCIÓN DE IMPUESTOS
Más de 1 millón 200 mil declaraciones a la renta fueron realizadas hasta el 08 de abril, contribuyentes que desde este viernes ya pueden a acceder a su devolución de impuestos, si así corresponde.
¿Qué pasa si
no me pagaron la devolución que me correspondía? En
este caso, lo primero que debe hacer el contribuyente es revisar que sus datos
bancarios hayan sido correctamente ingresados al hacer tu declaración. Una vez
chequeado ello, se debe revisar si la declaración registra observaciones, ya
sea por información solicitada incompleta o equívoca, o datos proporcionados
por agentes retenedores (bancos, instituciones comerciales, empleadores/as,
entre otros), lo que debe ser subsanado en www.sii.cl o en oficinas del SII,
según corresponda.
Lo anterior, puede ser consultado en el
sitio web del Servicio, ingresando con el RUT y ClaveÚnica o Clave Tributaria.
Allí, se debe seleccionar el menú “Servicios online”, opción “Declaración
de renta”, “Consulta y seguimiento” y “Consultar estado de
declaración”. Luego, ingresar el año tributario, donde se podrá ver el
estado de la declaración, historial, observaciones y cómo solucionarlas (“Ayuda
para corregir observaciones”).
Es importante
destacar que el SII luego de la fecha de depósito de las primeras devoluciones
realiza procesos de revisión de las devoluciones retenidas, en los cuales se
pueden liberar devoluciones de declaraciones observadas, por ejemplo, por
actualización de información entregada por agentes retenedores. En estos casos
la liberación de los recursos se realiza de manera automática sin que el
contribuyente tenga que hacer una acción adicional, eso sí, esto puede tomar
algunas semanas.
¿Y si no existen observaciones y, aun así,
la devolución no se ha pagado? En este caso, la Defensoría del Contribuyente explica que es probable
que la Tesorería General de la República (TGR) haya realizado una retención o
una compensación contra la devolución solicitada, ya sea, por deudas
tributarias, pensiones de alimentos u otras.
Esto puede ser consultado en www.tgr.cl,
ingresando con el RUT y Clave Única o Clave Tributaria, seleccionando el menú “Beneficios
y devoluciones”, submenú “Consultas”, “Consulta renta” y “Consultar
Devolución Renta” para ver el estado de la solicitud. Y, para las
retenciones realizadas por la Tesorería: “Beneficios y devoluciones”, “Consultas”
y “Deudas compensadas”.
Derechos de los contribuyentes
En caso de que el Servicio de Impuestos Internos notificara del rechazo
de la devolución solicitada o realizara una liquidación de impuestos (cobro por
un monto distinto), la Defensoría del Contribuyente recomienda ingresar una
solicitud de “Representación administrativa” en www.dedecon.cl,
donde las personas naturales y las micro, pequeñas y medianas empresas
(MiPymes) recibirán orientación, acompañamiento y apoyo especializado gratuito.
Por su parte, si el contribuyente siente que sus derechos han sido
vulnerados durante el proceso de Operación Renta, puede realizar un reclamo en
el sitio web de la Dedecon, que intercederá ante esta situación frente a las
instituciones correspondientes.
Para solicitar dicho servicio, se debe ir a la sección “Nuestros
servicios”, seleccionar el formulario “Recepción y gestión de quejas”, identificarse
con su Clave Única O Clave Tributaria, y completar el documento online. Una
vez concretados estos pasos, el equipo especializado de la Defensoría tomará
contacto, de manera totalmente gratuita, ya sea, a través del mismo medio,
llamado telefónico o videollamada.
El defensor
nacional del Contribuyente, Ricardo Pizarro, llamó a los contribuyentes a estar
atentos con las observaciones que puedan recibir en su declaración. “En caso de
que exista una devolución de impuestos y ésta quede retenida por la autoridad,
es importante que el contribuyente revise en detalle las razones que determinaron
esta retención y realice con prontitud dentro de los plazos establecidos las
rectificaciones que se le indican. Si el contribuyente considera que no existen
razones de fondo para retener estos recursos y el contribuyente crea que sus
derechos están siendo vulnerados, le sugerimos que tome contacto con nosotros e
ingrese un requerimiento de atención en la web www.dedecon.cl
o bien a través de las oficinas de ChileAtiende del país”.
Por otra parte,
Ricardo Pizarro recordó que es importante considerar que la TGR sólo pagará el
dinero al titular de la cuenta bancaria de la persona contribuyente que realizó
su Declaración de Impuesto a la Renta. En este sentido, el RUT y nombre
registrado en el Formulario 22 debe ser coincidente con los datos que tenga
registrados la institución bancaria respectiva.
Cabe señalar que, según el calendario de la Operación Renta 2025, el
próximo proceso de devoluciones se realizará el 14 de mayo, para quienes
completaron el proceso durante el segundo período (entre el 09 y el 21 de
abril) y que opten por transferencia electrónica. Los pagos en documentos
bancarios (cheque) se realizarán el 30 de mayo, independiente de la fecha de
presentación de la Declaración de Impuesto a la Renta.
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