Durante el mes de mayo, miles de pensionados en Chile recibirán el pago del Bono de Invierno 2025, un beneficio económico que se otorga una vez al año sin necesidad de postulación. Este aporte tiene como principal objetivo apoyar a los adultos mayores frente a los gastos adicionales propios de la temporada invernal.
En la edición 2024, más de 1.750.000 personas fueron
beneficiadas con este bono, que el año pasado ascendía a $77.982 por persona,
representando una inversión estatal de más de $137 mil millones. Para 2025, el
monto del beneficio se ha reajustado a $81.257, manteniendo su carácter no
tributable ni imponible y sin estar sujeto a descuentos.
Requisitos para recibir el Bono de Invierno 2025
El principal requisito para acceder a este beneficio es
tener 65 años o más cumplidos al 1 de mayo de 2025. Además, los beneficiarios
deben pertenecer a alguno de los siguientes grupos:
1. Pensionados de regímenes contributivos:
Personas que reciben pensiones del Instituto de Previsión
Social (IPS), Instituto de Seguridad Laboral (ISL), Capredena, Dipreca o de
mutualidades de empleadores, cuyo monto sea igual o inferior a la pensión
mínima de vejez de $222.474 para personas de 75 años o más.
Pensionados de AFP que perciben una Pensión Mínima con
Garantía Estatal.
Quienes reciban más de una pensión contributiva no podrán
acceder al bono si la suma de ellas supera los $222.474.
2. Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal (PGU):
Quienes reciben la PGU sin derecho a otra pensión en algún
régimen previsional. En caso de recibir solo la PGU, se tendrá derecho al bono,
independientemente de que el monto sea superior a la pensión mínima de
$214.296.
3. Pensionados con pensiones especiales de reparación:
Personas beneficiarias de la Pensión de Reparación a
Víctimas de Prisión Política y Tortura.
Titulares de pensión de viudez por pensionados de reparación
fallecidos.
Beneficiarios de la Pensión no Contributiva de Exonerados
Políticos.
4. Pensionados con Aporte Previsional Solidario de Vejez
(APSV), PGU o pensión especial de reparación:
Personas que reciben APSV y cuyo monto de pensión sea
inferior o igual a la pensión mínima de vejez para personas de 75 años o más.
Pensionados de cualquier régimen previsional que, además,
reciban PGU con un monto igual o inferior a la pensión mínima de vejez.
Personas excluidas del Bono de Invierno 2025
No podrán acceder al Bono de Invierno:
Quienes reciban más de una pensión y la suma de ellas supere
los $222.474.
Titulares del Subsidio de Discapacidad, ya que está dirigido
a menores de 18 años y no está contemplado en la normativa del bono.
Beneficiarios de la indemnización del carbón (Ley N°
19.129), incluso si sus ingresos están por debajo del límite establecido.
El Bono de Invierno 2025 representa un importante respaldo
para la economía de los adultos mayores, ayudándolos a afrontar gastos
adicionales durante la temporada fría del año.
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