PROBLEMAS CON ATENCIÓN AL CONSUMIDOR POR PARTE DE EMPRESAS ANOTA AUMENTO DEL 16% EN RECLAMOS EN SERNAC: PRINCIPAL QUEJA ES LA MALA ATENCIÓN
Contactar al “servicio al cliente” de una empresa no debería suponer un problema para las y los consumidores que acuden a ellos, principalmente porque si lo hacen, se debe -en la mayoría de los casos- a inconvenientes que tuvieron con algún producto comprado o servicio contratado. Sin embargo, los reclamos en este ámbito existen y son más comunes de lo que parecen.
Actualmente la ley vigente no establece
obligaciones para las empresas de entregar una adecuada posventa a sus
clientes. De todas formas es importante que existan buenas prácticas por parte de los proveedores, sobre todo cuando se
trata de solucionar problemas de posventa.
Además, si bien tampoco hay plazos
específicos para responder, sí existe el
derecho de las y los consumidores a
recibir la información de forma oportuna, lo que significa que las empresas
están obligadas a contar con canales de acceso expeditos y gratuitos para que
los consumidores que quieran hacer las consultas o interponer sus reclamos
sobre los bienes y servicios ofrecidos.
Pese a lo anterior, durante el año 2024, SERNAC recibió 12.495 reclamos
relacionados con mala atención en el servicio al cliente, lo que representa
un aumento del 16,8% en comparación con
2023, cuando se recibieron 10.690 reclamos. Las categorías con mayor
incremento fueron:
Mala atención
(general) que
registró un alza del 23% (de 980 a 1.208 casos):
“Producto llegó
dañado. Se intenta gestionar cambio pero es muy difícil contactar a servicio
post venta. Tienen un canal de WhatsApp el cuál tardan en responder y si uno lo
logra responder en pocos minutos cortan la atención. No hay teléfonos directos,
muy deficiente y mala atención”.
“La empresa no
atiende por ningún medio a los clientes. Las esperas de sus canales de atención
sobre los 40 minutos sin respuestas ni seguimiento”.
Atención o información al cliente errónea, defectuosa o insuficiente que tuvo un aumento de un 19,7% (de 5.330
a 6.383 casos):
“He llamado al callcenter todos los días y me dicen que la despacharon
y no llega la compra. Hoy hice el reclamo por escrito a las 10.30 y me dieron
los tickets 14068 y 14082 y no me dan respuesta solicito que me entreguen el
producto y me compensen por las molestias”
“Compré en septiembre un coche que salió malo. Se envió a servicio
técnico quienes lo devolvieron con W40 igual de malo. Llamo todos los días a
callcenter y hasta hoy no tengo respuesta, supuestamente me llamaría la
Supervisora de callcenter y no es efectivo, y se pasan la pelota entre
callcenter y servicio técnico dónde indican que es otra área la que gestiona el
cambio y yo sigo sin el coche”.
Mala atención del vendedor o ejecutivo: Aumentó un 19%
(de 3.417 a 4.066):
“No llegó el
producto y no se comunicaron. Pedí solución y no me la dieron, cuando logré
comunicarme con un ejecutivo prácticamente no le importo faltarme el respeto y
ya me están cobrando la cuota”.
“Pésima atención
por parte del ejecutivo y no se da solución al problema, al momento de la
atención el ejecutivo contesta el teléfono y me deja esperando por más de 10
minutos”.
El Director Nacional del SERNAC, Andrés
Herrera, señaló que “lo que nos dan cuenta estas cifras, es que hay una
degradación del servicio de atención al cliente. Hay muchos lugares que han
cerrado, muchas atenciones remotas, muchas atenciones que no se realizan y ahí
evidentemente es una deficiencia importante de las empresas con respecto a los
consumidores”.
PROYECTO DE LEY SERNAC TE PROTEGE
El proyecto de ley “Sernac Te
Protege” que actualmente está siendo revisado en la Comisión de Economía de
la Cámara de Diputadas y Diputados, propone elevar el estándar de posventa,
exigiendo a las empresas recibir, registrar, y responder las solicitudes de las
personas consumidoras, complementando y fortaleciendo la labor de gestión de
reclamos que realiza SERNAC. Estos estándares se ajustarán al tamaño de la
empresa.
La iniciativa establece que los proveedores deberán contar con canales
expeditos para gestionar reclamos, asegurando que éstos sean equivalentes a los
utilizados para la venta y promoción de bienes y servicios. Además, no podrá
condicionar su recepción al pago del monto reclamado.
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