SERNAC INICIA INVESTIGACIÓN CONTRA DIVINAS STORE POR COMERCIALIZAR “DEVORADORES DE GRASA” QUE PUDIESEN AFECTAR LA SALUD DE CONSUMIDORES


“¿Necesitas bajar de peso y tener tu abdomen perfecto? Llegaste a la página

indicada. Llevamos 6 años en el mercado, vendiendo los mejores productos

para adelgazar”.

Este tipo de mensajes son los que se pueden encontrar actualmente en

DivinasStore.cl, tienda online donde se comercializan diversos productos que

aluden a ser “devoradores de grasa” y otros relacionados a tonificar el

cuerpo, pudiendo eventualmente afectar la salud de las y los

consumidores que los adquieran.

Por esta razón, el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) inició una

investigación en contra de la empresa, a través de un oficio a su

representante legal, con el objeto de que puedan comprobar la veracidad

de las afirmaciones publicitarias.

Lo anterior, ya que la publicidad de este tipo de productos se caracteriza por

una estrategia comercial agresiva, donde les atribuyen diversas propiedades,

como bajar de peso o mejorar la salud, que eventualmente exageran o

incluso no poseen, usando, además, mensajes que apelan a la autoestima

de los usuarios.

El Director Nacional del SERNAC, Andrés Herrera, puntualizó que “estos

productos no solo no cumplirían con el objetivo para el cual fue

supuestamente promocionado, sino que además pueden poner en riesgo la

salud y la seguridad de los consumidores que los adquieran”.

Asimismo, los productos se publicitan habitualmente a través de supuestos

especialistas, personajes famosos y testimonios, de modo de dar más

credibilidad al mensaje.

En este caso, los productos son publicitados directamente a través de las

redes sociales de la representante legal de Divinas Store, quien en Instagram

cuenta con más de 270 mil seguidores.

Según lo estipulado en la Ley del Consumidor, “la información que se

consigne en los productos, etiquetas, envases, empaques o en la publicidad y

difusión de los bienes y servicios deberá ser susceptible de comprobación y

no contendrá expresiones que induzcan a error o engaño al consumidor”.


Servicio Nacional

del Consumidor

Ministerio de Economía,

Fomento y Turismo


Gobierno de Chile

Este tipo de productos, además de lo ya establecido en la LPC sobre

comprobabilidad, no son medicamentos ni cosméticos, por ende, no requieren

registro ISP. Por lo anterior, no pueden contener fármacos, ni tampoco hacer

declaraciones terapéuticas.

Posibles sanciones

Una vez terminada la investigación, y en caso de detectar incumplimientos a

la Ley del Consumidor, el Servicio tomará las acciones que estime oportunas

para ir en defensa de los derechos de los consumidores, no descartando

acciones legales.

En caso de publicidad engañosa, la norma establece que las empresas

arriesgan multas de hasta 1.500 UTM (más de $97 millones). En caso de que

implique daños a la salud, la sanción aumenta a 2.250 UTM, es decir, más de

145 millones de pesos.

Recomendaciones

Es importante que las personas consumidoras evalúen críticamente la

publicidad y no se dejen llevar por promesas que parecen “demasiado buenas

para ser verdad”.

La publicidad debe ser veraz, oportuna y susceptible de ser comprobada,

especialmente en los atributos que se le atribuyen a los "productos milagro"

que se comercializan.

Es importante que no se deje llevar por falsas promesas publicitarias y se

asesoren por un especialista si necesita bajar de peso o conseguir resultados

que tengan relación con su salud.

Todo consumidor que sufra daños por un producto que no cumple con su

promesa, o que no contaba con los permisos respectivos, tiene derecho a

exigir las indemnizaciones correspondientes.

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